CONSENTIMIENTO
INFORMADO
El
consentimiento informado es el procedimiento mediante el cual se garantiza que
el sujeto ha expresado voluntariamente su intención de participar en la
investigación, después de haber comprendido la información que se le ha dado,
acerca de los objetivos del estudio, los beneficios, las molestias, los
posibles riesgos y las alternativas, sus derechos y responsabilidades.
El sujeto
participante expresará su consentimiento por escrito o, en su defecto, de forma
oral ante un testigo independiente del equipo de investigadores, que lo
declarará por escrito bajo su responsabilidad.
En el caso de
las personas menores de edad o incapaces de dar el consentimiento, éste será
otorgado por su representante legal, siempre de manera escrita, y tras haber
recibido y comprendido la información mencionada. Sin embargo, cuando las
condiciones del sujeto lo permitan, éstos, también pueden dar su consentimiento
o negarse a participar en el estudio, después de haber recibido la información
pertinente y adaptada a su tipo de entendimiento.
El sujeto
participante o su representante, podrá revocar el consentimiento brindado en
cualquier momento, sin expresión de causas, y sin que por ello se derive para
él responsabilidad ni perjuicio alguno.
La fórmula
que consigna el consentimiento informado debe redactarse en castellano, en
lenguaje sencillo, práctico, adaptado culturalmente y que evite, hasta donde
ello sea posible, el empleo de términos técnicos y científicos, para asegurar
la comprensión de la información que se suministra. Asimismo, debe contener el
objetivo, los posibles riesgos y beneficios, procedimientos, alternativas y
posibilidades de retiro, además del número de teléfono del investigador y del
CEC para contactarlos.
En caso de
sufrir lesiones como consecuencia de su participación en el estudio, el
investigador principal o el patrocinador, según corresponda, le brindará al
sujeto de investigación la atención que requiera. En este sentido, el
consentimiento debe incluir el siguiente texto:
"Si
usted sufriera una lesión o daño como consecuencia de los tratamientos o
procedimientos empleados en este estudio, el investigador principal, le
brindará la atención médica que necesite. El costo de este cuidado será
cubierto por la compañía o entidad patrocinadora, la cual debe cancelar, en su
totalidad, el costo de su atención ambulatoria o de hospitalización, a la
entidad pública o privada que le brinde la atención médica, hasta el momento en
que se demuestre que no existe tal relación. Asimismo, cuando por razones
justificadas usted requiera atención de una lesión como consecuencia de los
medicamentos o los procedimientos de este estudio, que no haya sido indicada
por el investigador principal, el costo de esta atención también será cubierto
por la compañía patrocinadora".
El consentimiento
informado será firmado por cada persona incluida en la investigación, un
testigo y el investigador o la persona que explica el consentimiento informado.
En él, el participante manifestará expresamente haber sido informado sobre la
finalidad perseguida por la investigación, requisitos, procedimientos, riesgos,
descripción de posibles molestias, secuelas, evolución previsible, peligros y
beneficios personales de la investigación. En el caso de los ensayos clínicos,
explicar otras alternativas de tratamiento existentes, así como su anuencia
para ser sujeto de investigación. Cuando los individuos sean menores de edad o
incapaces, la anuencia debe ser otorgada por los padres o el representante
legal, condiciones que deben ser demostradas con la certificación de nacimiento
o del tribunal que hubiere nombrado al representante (tutor o curador). El
sujeto de investigación o representante legal recibirá una copia del
consentimiento informado con la fecha y las firmas respectivas.
El formulario
del consentimiento informado debe ser modificado cuando se disponga de mayor
información o se haya incorporado algún cambio al protocolo. Posterior a la
realización de las modificaciones, el consentimiento debe ser aprobado
nuevamente por el CEC.
A.
Consideraciones especiales
a.
Investigaciones sociales y epidemiológicas
Los proyectos
de investigación de las Ciencias Sociales relacionados con la salud, también
requieren del consentimiento informado oral o escrito de los participantes. En
estos casos, debe informarse al participante sobre los objetivos del estudio,
la metodología por seguir, las técnicas e instrumentos que se utilizarán para
registrar la información (grabadora, fotografía, vídeo entre otros), la forma
en que la información recolectada será resguardada, la utilización de los datos
y la garantía del anonimato de los participantes, durante y después del trabajo
de campo.
En algunas
investigaciones sociales no se exige el consentimiento informado, entre otras
razones, porque al notificar el propósito del estudio los participantes podrían
cambiar su comportamiento. Igualmente, en algunos estudios epidemiológicos,
podría existir una voluntad comunal manifiesta de participar en el estudio, por
ejemplo, para el control de brotes o epidemias, sin embargo, siempre debe respetarse
el derecho individual a no participar.
Las
investigaciones epidemiológicas donde se utiliza la encuesta para la
recolección de datos no requieren de consentimiento informado impreso, excepto
en los casos en que se requiera tomar muestras biológicas de los participantes
(biopsias, sangre, ADN, entre otros).
Cuando por
alguna razón no se pueda obtener el consentimiento informado, el investigador
debe notificar y explicar al CEC las razones, y es el Comité el que definirá si
se puede realizar el estudio sin el consentimiento de los participantes. En
todos los casos, se debe garantizar el anonimato de los participantes y la
confidencialidad de la información brindada.
b.
Investigaciones que requieren bancos de muestras
Las
investigaciones que requieran bancos de muestras, quedan a criterio del CEC, la
pertinencia de la elaboración del consentimiento informado para la ejecución de
esa investigación. El CEC debe notificar al investigador oportunamente su
decisión, además, los criterios utilizados para ésta.
En el caso
donde se considere necesario, la creación de un banco de muestras biológicas
con el material obtenido en la investigación, el consentimiento informado
utilizado en ese estudio, debe incluir información referente a las condiciones
de almacenamiento (dónde, por cuánto tiempo, los posibles usos de esa muestra y
responsable del banco, entre otros).
En resumen,
el consentimiento informado debe:
Ser redactado
en lenguaje sencillo y, hasta donde sea posible, no utilizar lenguaje técnico
Evitar frases
que comprometan o manipulen a los sujetos de investigación para que participen
en el estudio
Explicar
claramente el propósito de la investigación
Definir el
período en el cual los sujetos participarán en la investigación
Describir los
procedimientos a los cuales serán sometidos los sujetos por participar en el
estudio
Explicar los
procedimientos, fármacos o dispositivos empleados en la investigación, así como
también, señalar los posibles beneficios, riesgos o molestias que se puedan
presentar (si aplica)
Explicar
sobre otras posibles alternativas a los procedimientos, fármacos o dispositivos
disponibles, y los posibles riesgos y beneficios de éstos (si aplica)
Explicar las
posibles alternativas de tratamiento en caso de presentarse alguna complicación
durante o después del estudio (si aplica)
Contestar
cualquier pregunta o duda con respecto al estudio y listar las personas a las
que puede acceder para resolver cualquier consulta
Indicar la
posibilidad de retirarse en cualquier momento del estudio, sin perjuicio para
el sujeto participante
Indicar que
la participación es confidencial, excepto para las autoridades responsables de
llevar a cabo las auditorias, quienes también deben mantener el anonimato de
los sujetos participantes y la privacidad de la información
Especificar
en el apartado de "compensación por lesiones" que el investigador
será responsable de brindar atención al sujeto participante en caso de sufrir
una lesión como consecuencia del tratamiento o intervención en estudio, y que
la compañía patrocinadora cubrirá el costo de dicha atención
Indicar un
número de teléfono que le permita a los sujetos participantes comunicarse con
los investigadores y/o el comité, en caso de que requieran hacer alguna
consulta o deseen información adicional
Incluir la
firma, la fecha, y el número de cédula del sujeto participante o su
representante legal, de un testigo, y del investigador que solicita el
consentimiento.
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